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Prevención de riesgos físicos / Seguridad

En la institución Educativa Departamental EL Triunfo, a partir de las políticas establecidas en la ley 1448 de 2011 y ley 1523 de 2012, que presentan directrices para el sector educativo en la garantía del derecho a la educación, partiendo de los múltiples riesgos a que están expuestas las Instituciones Educativas y por ende sus estudiantes, directivos docentes, docentes, administrativos y demás personas que participan de sus dinámicas, que se  pueden presentar de manera simultánea afectaciones por fenómenos de origen natural, socio natural, tecnológico, por conflicto armado y de violencia generalizada, que ponen en riesgo la escuela como territorio protector de los derechos de la comunidad educativa.

Desde el Ministerio de Educación Nacional<<MEN>> en el marco de sus competencias legales y como resultado de la experiencia de las IE en algunas regiones, emite las siguientes directivas:

NormaPrevención y gestión de riesgoCrisisPost- emergencia
        Directiva 12 de 2009Evaluar condiciones, preparar y supervisar planes y programas, asignar recursos suficientes, oportunos y sostenibles. Asegurar la educación en situaciones de emergencia. Monitorear el componente de educación en emergencias en el plan de acción sectorial. Las secretarías de educación deben implementar actividades orientadas a promover que los establecimientos educativos sean entendidos como espacios seguros que no deben ser involucrados en el conflicto armado.Énfasis en la protección de derechos. Activación de todas las medidas acordadas en los planes de acción y planes de contingencia; incluir las necesidades educativas en los actos administrativos de reconocimiento de la emergencia. En el caso extremo en que la escuela deba utilizarse como alojamiento, se dispondrá de lugares alternativos.Favorece la recuperación, el “sentido de normalidad” y prevé la no repetición. Trata de acciones para reubicar, reconstruir y dotar las IE afectadas; así como, garantizar actividades pedagógicas y psicosociales para la comunidad educativa.
      Directiva 16 de 2011Los planes de acción deben contemplar situaciones de emergencia ocasionadas por desastres de origen natural o por el conflicto armado, como reclutamiento y utilización de niños, niñas y adolescentes; (…) desplazamiento forzado, utilización de espacios escolares por parte de grupos armados; presencia de minas antipersonal y confinamiento. Así mismo deben considerar la respuesta adecuada y oportuna cuando se presenta la emergencia.Las SE deben reportar a través del Sistema de Atención a la Emergencia -SAE-. Pueden modificar el calendario escolar en las IE afectadas para garantizar la continuidad del servicio educativo. Garantizarán la alimentación escolar en articulación con otras instituciones y organizaciones humanitarias.La competencia fundamental de las secretarías de educación de las entidades territoriales certificadas es garantizar el derecho a la educación a los niños, niñas y jóvenes de los diferentes grupos poblacionales, a través del acompañamiento y asistencia técnica a los establecimientos educativos. Esta responsabilidad cubre la elaboración de los PEGR con la participación de la comunidad educativa.

Fuente: tomado de la guía N°. 59. Lineamientos para la formulación de planes para la gestión del riesgo.